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Exigencias al Transporte Escolar

Al momento de contratar un servicio de transporte escolar es necesario verificar que cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Estar inscrito en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares, trámite que se realiza en la respectiva Secretaría Regional de Transportes y Telecomunicaciones (SEREMITT). El certificado de inscripción deberá portarse en el vehículo cuando se esté efectuando transporte escolar.
  2. Quienes realicen la función de transportar escolares, deben entregar una copia autorizada del certificado de inscripción a él o los establecimientos educacionales que presten servicios; así como a los padres, madres y apoderados que lo requieran.
  3. Quien conduzca debe poseer licencia clase A1 (antigua) o profesional clase A3 y portar una tarjeta que identifique los datos personales.
  • El vehículo debe ser amarillo o blanco, según corresponda.
  • Portar un letrero triangular sobre el techo con la leyenda “escolares” (se exceptúan los buses) o una identificación visible que contenga la expresión “Escolares”, ubicada en el costado inferior derecho de la luneta o ventanas posteriores y en la parte inferior de una de las ventanas laterales del vehículo.
  • El vehículo debe contar con una luz estroboscópica de seguridad, sobre el techo, en la parte posterior del vehículo, la que debe mantenerse encendida mientras bajen o suban escolares. De no existir esta luz, el transporte debe tener una huincha retroreflectante en su contorno (se exceptúan los buses sobre 3.860 kg).
  • El vehículo debe contar con ventanas a ambos lados de cada fila de asientos.
  • Toda la documentación del vehículo debe encontrarse vigente (revisión técnica, análisis de gases, permiso de circulación y seguro obligatorio de accidentes personales).
  • La revisión técnica debe indicar la capacidad máxima de pasajeros, cifra que debe ser informada al interior del vehículo, respetada por el o la conductora y exigida por las familias.
  • Los vehículos de transporte escolar deberán estar equipados con cinturón de seguridad para todos sus pasajeros y su uso será obligatorio en todos los vehículos cuyo año de fabricación sea 2007 en adelante.
  • El tiempo de viaje, desde o hacia el establecimiento educacional no debe superar los 60 minutos, sin perjuicio que pueda retrasarse debido a las condiciones especiales de vialidad y niveles de tránsito vehicular, o por razones de fuerza mayor o caso fortuito, situaciones que deberán ser informadas a los padres o apoderados.
  • En el caso que el transporte escolar lleve más de 5 niños o niñas desde o hacia jardines infantiles o establecimientos educacionales con nivel parvulario, el conductor deberá viajar acompañado de un adulto, quien también deberá ingresar sus datos en el RENASTRE.
  • Se prohíbe el traslado de menores de 8 años en los asientos delanteros.
  • Se debe verificar que el conductor y el acompañante no presenten inhabilidades para trabajar con menores de 18 años en el respectivo informe solicitado a través del Servicio de Registro Civil e Identificación.

 

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