En este capítulo se abordan específicamente las señales de tránsito verticales, describiéndose la función, propósito y características de cada una de ellas.
De acuerdo a la función que desempeñan, las señales verticales se clasifican en 3 grupos:
En este capítulo se abordan específicamente las señales horizontales o marcas efectuadas sobre la superficie de la vía, tales como líneas, símbolos, letras u otras indicaciones conocidas como DEMARCACIONES, describiéndose su función, propósito y características. Estas especificaciones constituyen el estándar mínimo aceptable, pudiendo las autoridades locales aumentarlos atendiendo a las particularidades que todas las vías suelen presentar.
Dado que se ubican en la calzada, las demarcaciones presentan la ventaja, frente a otros tipos de señales, de transmitir su mensaje al conductor sin que éste distraiga su atención de la pista en que circula. Sin embargo, presentan como desventaja que su visibilidad se ve afectada por nieve, lluvia, polvo, alto tráfico y otros.
En general, todas las vías deberían contar con las demarcaciones requeridas, según lo especificado en este capítulo, siendo obligatorias en vías rurales y en vías urbanas cuya velocidad máxima sea superior a 60 km/h o su calzada tenga tres o más pistas o que registren un tránsito de 2.000 o más vehículos/día, sin perjuicio de las correspondientes a PARE y CEDA EL PASO, las que serán siempre obligatorias.
La instalación de demarcaciones requiere pavimentos relativamente indeformables, lisos y compactos, por lo que no se pueden aplicar en caminos de tierra o ripio.
Parte de una vía destinada al uso de peatones.
Área de la calzada donde se restringe la circulación con el objeto de segregar el tráfico y/o conducirlo con seguridad.
Vía cuya función principal es permitir desplazamientos de larga distancia entre ciudades o a través de éstas. Su capacidad vehicular es elevada y su diseño permite una operación segura a velocidades superiores a 90 km/h. Sus calzadas están separadas físicamente y segregadas de su entorno, sus accesos son controlados y limitados a ciertos puntos. Las intersecciones de flujos mayores son a desnivel, permitiéndose cruces de flujos menores a nivel, siempre y cuando cuenten con una infraestructura adecuada que incluya pistas de aceleración, deceleración, espera de viraje, u otras. Posee un límite mínimo de velocidad.
Vía que presenta características similares a las de una autopista, pero adaptadas al caso urbano. Esto se manifiesta principalmente en que la segregación con respecto a otras vías y al entorno urbano es menos rigurosa que en las autopistas y, en consecuencia, la velocidad de operación segura es levemente inferior a éstas.
Ensanche de calzada en un tramo de vía, de un ancho tal que permite el estacionamiento o la detención de vehículos sin que éstos interfieran con el tránsito vehicular.
Faja lateral, pavimentada o no, adyacente a la calzada del camino.
Dispositivo utilizado por los peatones o ciclistas para activar una solicitud de derecho preferente de paso en un cruce o intersección semaforizada en la que ese derecho no se activa de forma predeterminada en cada ciclo.
Intervalo de tiempo que transcurre entre el paso de un vehículo y su sucesor, y cuya extensión permite a un usuario cruzar o incorporarse a la respectiva corriente vehicular. Se expresa generalmente en segundos.
Corresponde a la parte del semáforo donde se ubican las luces que informan a los usuarios quién tiene derecho preferente de paso.
Parte de una vía destinada al uso de vehículos motorizados y de tracción animal. CAMINO: Vía rural destinada al uso de peatones, vehículos y animales.
Delineación horizontal y vertical del trazado de un desvío, la cual se materializa con señalización y dispositivos como conos o cilindros de tránsito, entre otros elementos.
Número máximo de vehículos por unidad de tiempo que se descargan de una cola suficientemente larga en las condiciones prevalecientes de circulación.
Persona que circula en bicicleta.
Espacio destinado al uso exclusivo de bicicletas y triciclos.
Pista o sector de la calzada o acera segregada del tránsito vehicular o peatonal sólo por demarcación.
Red para la circulación de biciclos compuesta por Ciclovías, Ciclobandas y/o Ciclocalles.
Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito.
Toda persona que conduce, maneja o tiene control físico de un vehículo motorizado en la vía pública; que controla o maneja un vehículo remolcado por otro; o que dirige, maniobra o está a cargo del manejo directo de cualquier otro vehículo, de un animal de silla, de tiro o de arreo de animales.
Es el cubierto por la vista al mirar al frente un punto fijo abarcando un ángulo de 10o con respecto al eje visual.
Unión de una calle o camino con otros, aunque no los atraviese. Comprende todo el ancho de la calle o camino entre las líneas de edificación o deslindes en su caso.
aquel en que existe semáforo funcionando normalmente, excluyendo la intermitencia; o hay Carabinero dirigiendo el tránsito.
Dispositivos utilizados para entregar a los conductores información adicional sobre el alineamiento de la vía, especialmente en zona de curvas y en vías de alta velocidad, durante la noche y en períodos de baja luminosidad.
Símbolo, palabra o marca de preferencia longitudinal o transversal, sobre la calzada para guía del tránsito de vehículos y peatones.
tiempo adicional que utiliza un usuario en cruzar una intersección o vía en comparación con el tiempo que le toma hacerlo teniendo derecho de paso sobre el resto de los usuarios.
prerrogativa de un peatón o conductor de un vehículo para proseguir su marcha.
Camino provisorio que se aparta del trazado normal o permanente, que generalmente retorna a éste último por un recorrido más largo.
Mínima distancia entre una señal y un conductor que se aproxima a ella a la velocidad máxima permitida, que le otorga a éste el tiempo suficiente para leerla, entenderla y reaccionar apropiadamente.
Mínima distancia entre una señal y un conductor o conductora promedio que se aproxima a ella a la velocidad máxima permitida, que le otorga a éste o ésta tiempo suficiente para distinguirla, leerla, entenderla y reaccionar apropiadamente.
Paralización a que obligan los dispositivos de señalización del tránsito o las órdenes de los funcionarios encargados de su regulación, como asimismo, la paralización breve de un vehículo para recibir o dejar pasajeros, pero sólo mientras dure esta maniobra.
Línea longitudinal a la calzada, demarcada o imaginaria, que determina las áreas con sentido de tránsito opuesto de la misma.
Dispositivo vial que permite el intercambio de vehículos entre dos o más vías a nivel.
Dispositivo vial que permite el intercambio de vehículos entre dos o más vías que se cruzan a distinto nivel o que no se cruzan.
Lugar permitido por la autoridad para estacionar.
Es la relación entre la luminancia de un cuerpo y la de un difusor reflectante o transmisor perfecto, iluminado de la misma manera. Su símbolo es ß.
Estado del semáforo en el que no existen cambios en el derecho de paso de los usuarios; una fase se inicia o termina cuando al menos un movimiento (vehicular o peatonal) gana o pierde derecho de paso.
Corresponde indistintamente al número de peatones, ciclistas o vehículos que circulan por una sección de vía por unidad de tiempo. Típicamente está referido a una hora o bien a 15 minutos.
Corresponde a la máxima tasa de descarga de una cola de vehículos formada en un acceso, expresada generalmente en veh/h, en las condiciones de circulación observadas.
Cociente entre el flujo y la capacidad de una vía, movimiento o pista. En este manual, generalmente corresponderá al grado de saturación de corrientes vehiculares.
Representación escrita de sonidos o palabras de lenguas originarias ágrafas.
Dispositivos utilizados para advertir a los usuarios sobre puntos de riesgo presentes en la vía o en sus costados.
Área común de calzadas que se cruzan o convergen.
Diseño geométrico sobre la calzada, demarcado o delimitado, que permite encauzar los flujos vehiculares.
Diseño geométrico sobre la calzada que permite otorgar a los peatones una zona protegida en ésta.
Expresión escrita del mensaje de una señal.
Ley General de Urbanismo y Construcción.
Línea transversal a la calzada, demarcada o imaginaria, antes de una intersección o de un paso para peatones, que no debe ser sobrepasada por los vehículos que deben detenerse. Si no estuviera demarcada, se entiende que esta:´ a) en cruces regulados y pasos para peatones, a no menos de un metro antes de éstos; y b) en otros cruces, justo antes de la intersección.
Cuociente entre la intensidad luminosa emitida por un elemento de superficie, en una dirección dada, y el área "dA" de la proyección ortogonal de este elemento de superficie sobre un plano perpendicular a la dirección (área proyectada o aparente) considerada. Su símbolo es L y se mide en candelas/m2.
Manual de Diseño y Evaluación Social de Proyectos de Vialidad Urbana. MIDEPLAN: Ministerio de Planificación.
Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Corriente de vehículos, peatones o ciclistas que circula por la intersección en una determinada dirección y sentido de avance. Generalmente se asocian a uno de los accesos de la intersección.
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. OGUC: Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Senda de seguridad en la calzada, señalizada conforme al reglamento. En cruces regulados no demarcados, corresponde a la franja formada por la prolongación imaginaria de las aceras.
Longitud básica o modelo, en base a cuya reiteración se construye una línea segmentada. Está constituida por un segmento demarcado seguido de otro sin demarcar o brecha.
Persona que se desplaza a pie por una vía pública, en silla de ruedas u otro dispositivo similar. Para fines de justificación de semáforos incluye también a ciclistas.
Ensanche corto de la acera que prolonga ésta sobre la calzada en a lo menos 2 metros.
Faja demarcada o imaginaria, destinada al tránsito de una fila de vehículos.
Medida de la curvatura de una vía expresada en relación al eje de replanteo.
Radio del arco de la curva que describe la rueda delantera exterior de un vehículo en el transcurso de una maniobra de viraje.
Manual de Vialidad Urbana Volumen 3: "Recomendaciones para el diseño de elementos de infraestructura vial urbana", Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Diseño geométrico sobre la calzada que permite otorgar en ésta una zona protegida a los peatones que hacen uso de un Paso Cebra o de un Paso Peatonal Regulado por Semáforo.
Área común de calzadas que convergen y cuyo tránsito interno se desarrolla en forma circular. SCAT: Sistema de Control de Área de Tráfico.
Dispositivos, signos y demarcaciones oficiales, de mensaje permanente o variable, instalados por la autoridad con el objetivo de regular, advertir o encauzar el tránsito.
Secretaría de Planificación de Transporte.
dispositivo electrónico de control de tránsito que mediante indicaciones luminosas entrega derecho de paso alternadamente a todos los movimientos peatonales o vehiculares de una intersección o cruce peatonal. Está compuesto por un conjunto de dispositivos, incluyendo un controlador, cabezales, lámparas y postes, y eventualmente sistemas de comunicación que los conectan con semáforos cercanos o con un centro de control.
Servicio de Vivienda y Urbanización.
Representación gráfica del mensaje de una señal.
Dispositivos utilizados para proteger la circulación peatonal por las veredas impidiendo el ingreso y estacionamiento de vehículos en ellas.
Desplazamiento de peatones, animales o vehículos por vías de uso público.
Corresponden a los lapsos de tiempo en que un semáforo despliega una luz roja, verde o amarilla a un cierto grupo de usuarios. En el caso del tiempo de rojo-rojo se refiere a un período en que todas las indicaciones del semáforo son rojas, este período se implementa para disminuir la posibilidad de accidentes durante las transiciones de derecho de paso. El período de entreverde corresponde a suma de los períodos de amarillo y rojo-rojo.
Unidad Operativa de Control de Tránsito.
Medio con el cual, sobre el cual o por el cual toda persona u objeto puede ser transportado por una vía.
Velocidad considerada para diseñar una vía, que corresponde a la máxima velocidad a la que un vehículo puede circular en condiciones de flujo libre, con seguridad teóricamente total.
Corresponde a la velocidad del percentil 85, que es aquella bajo la cual circula el 85 por ciento de los vehículos cuando no existe congestión.
Velocidad que permite definir las características geométricas mínimas de los elementos del trazado bajo condiciones de seguridad y comodidad, elementos que sólo podrán empleados en la medida que estén precedidos de otros (en ambos sentidos del tránsito), que anticipen al usuario que se están entrando a un tramo de características geométricas mínimas, el que además debe estar debidamente señalizado. Este concepto, utilizado en el Manual de Carreteras, reemplazó al de Velocidad de Diseño en dicho Manual.
Calle, camino u otro lugar destinado al tránsito de vehículos y/o peatones.
Vía que no reúne las características de una autopista ni de una autovía, distinguiéndose dos grupos:
Vía que atiende desplazamientos dentro de la ciudad y cuya velocidad máxima permitida no supera los 70 km/h.
Vía que atiende viajes interregionales y locales en zonas rurales y cuya velocidad máxima permitida no supera los 100 km/h.
Área geográfica fuera de las zonas urbanas.
Área geográfica poblada cuyos límites para los efectos de este Manual, deben estar determinados y señalizados por la autoridad competente.